SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

1)

La accionante se ratificó en todos los puntos solicitados en el memorial de acción de amparo constitucional y ampliándola expresó lo siguiente: 1) Toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria, debido a que el Estado garantiza el respeto a la dignidad humana y la equiparación de oportunidades así como el acceso al empleo acorde a sus condiciones; y, 2) El derecho al trabajo e inamovilidad laboral del que gozan las personas con discapacidad o de quienes tengan bajo su dependencia a personas con esas condiciones, implica la inviabilidad de su despedido intempestivamente sin un proceso interno.