Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.4.
II.4. Impugnada la Resolución 0192/09, la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 110/14 de 7 de octubre de 2014, revocó la Resolución de la Comisión de Reclamación 0192/09, disponiendo se otorgué renta de viudedad a la actora, en conformidad a dicha Resolución con carácter retroactivo a la fecha del mes siguiente al fallecimiento de José Antonio Montaño Nava (fs. 236 a 237).
- acción de amparo constitucional
- Primero.- Otorgar Renta de orfandad absoluta en favor del menor BENITO MENNI MONTAÑO MENDOZA con Matricula 940126MMB, a partir de mayo de 2007, hasta que cumpla 19 años de edad, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. SEGUNDO.- DESESTIMAR la solicitud de renta de viudedad por convivencia presentada por la Sra. TEODORA NANCY MENDOZA FLORES
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Alcances del derecho a la seguridad social en la Constitución Política del Estado y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos
- III.3. De la fundamentación y congruencia de las decisiones, como elementos esenciales del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR