SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.5.
II.5. El SENASIR representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros interpuso recurso de casación en el fondo argumentando que el matrimonio de José Antonio Montaño Nava con Teodora Nancy Mendoza Flores fue disuelto por Sentencia 40 de 22 de marzo de 1994 y que en obrados cursa certificado de defunción de la tercera esposa del titular de la renta de 20 de mayo de 2006, habiendo fallecido José Antonio Montaño Nava el 7 de mayo de 2007, aspecto que hace suponer que sí hubo vida en común, existió impedimento legal en cuanto a la libertad de estado, por lo que debió aplicarse el art. 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, también se debe considerar que las prestaciones pecuniarias otorgadas en forma indebida constituyen enriquecimiento económico injusto (fs. 231 a 234)
- acción de amparo constitucional
- Primero.- Otorgar Renta de orfandad absoluta en favor del menor BENITO MENNI MONTAÑO MENDOZA con Matricula 940126MMB, a partir de mayo de 2007, hasta que cumpla 19 años de edad, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. SEGUNDO.- DESESTIMAR la solicitud de renta de viudedad por convivencia presentada por la Sra. TEODORA NANCY MENDOZA FLORES
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Alcances del derecho a la seguridad social en la Constitución Política del Estado y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos
- III.3. De la fundamentación y congruencia de las decisiones, como elementos esenciales del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR