SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la parte accionante, luego de efectuar una breve relación de la normativa aplicable respecto a la inamovilidad laboral de personas con discapacidad, se ratificó en el contenido íntegro de la demanda, haciendo hincapié en que la ahora accionante no había sido sujeto de proceso alguno que ameritara su desvinculación, citando al efecto jurisprudencia constitucional que según la accionante es aplicable al presente caso por analogía.
En ejercicio del derecho a la réplica, señaló que precisamente, que por ser el cargo de Directora del SEDEGES Beni de confianza de la MAE, no se solicitó la restitución al mismo, sino el respeto a la estabilidad laboral y al nivel salarial que ostentaba; en cuanto al tema del carnet de discapacitada, citó la SCP 0390/2014 de 25 de febrero, que estableció que por un tema administrativo no puede negarse el hecho de la propia discapacidad, además, no existe norma legal alguna que establezca el tiempo que debe permanecer en una fuente laboral una persona con discapacidad a efectos de que sus derechos laborales e inamovilidad le sean reconocidos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco normativo sobre i
- III.2. Protección constitucional de los derechos laborales de personas con discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en parte