SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

II.4.

II.4.    El Juez de Instrucción en lo Penal, Mixto y Liquidador de Sica Sica, en audiencia manifestó que la Actuaria debió haber elaborado los mandamientos de detención domiciliara en el plazo establecido por ley; puesto que fueron dispuestos por su persona en calidad de autoridad jurisdiccional; empero hizo caso omiso de dicha orden, ausentándose injustificadamente de su fuente laboral el día en el cual se comprometió a emitirlos, llevándose los sellos del Juzgado a su casa, con los cuales dicho Juez tenía la voluntad de entregar los mandamientos respectivos, tratando de reparar la negligencia en la que incurrió la señalada funcionaria           (fs. 22 a 23).