SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes señalan como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa, los principios de legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad unidad y jerarquía, celeridad y transparencia, justicia pronta; y, “seguridad jurídica”, debido a que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de amenazas, la Fiscal de Materia dispuso el sobreseimiento en su favor; sin embargo, esta decisión fue revocada por la autoridad hoy demandada a través de la Resolución Fiscal Departamental GPJ 110/15, sin una debida fundamentación, motivación y congruencia, así como omitiendo realizar una correcta e integral valoración probatoria.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedente
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR