Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2016-S1

    Fecha: 11-Mar-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad demanda
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de libertad
    • Fragmento 15
    • III.3.  El debido proceso en la acción de libertad
    • a) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
    • Fragmento 18
    • en consecuencia, tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad
    • art. 106 del CPP
    • quedando subsistente la facultad jurisdiccional de convocar al imputado cuando considere que su presencia es necesaria para algún o varios actos procesales
    • pero si el Juez ve por conveniente la comparecencia de la imputada a ciertos actos que son primordiales para la sustanciación del proceso, esta autoridad tiene la competencia para tal cometido
    • III.5.  Análisis del caso
    • 1° REVOCAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca