SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2016-S3

Fecha: 03-Mar-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción de libertad, y ampliando señaló que: La presente situación ya fue prevista por el Tribunal Constitucional en la                     SC “1407/2011”, la cual refiere a la detención de pacientes por gastos médicos, estableciendo que no se puede detener a un paciente por una situación de esa naturaleza, sin perjuicio que la Clínica Médica MELENDRES S.R.L. pueda utilizar los mecanismos legales que vea conveniente para hacer efectivo el cobro de la deuda.