Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2016-S3
Fecha: 08-Mar-2016
II.5.
II.5. El representante de la empresa “SOUTH AMERICAN CORPORATION S.R.L.”, interpuso recurso de apelación contra el Auto interlocutorio de 3 de enero de 2013, por no haber admitido el reconocimiento unilateral de la deuda y la confesión judicial espontánea interpuesta (fs. 82 a 83); posteriormente, el 24 del citado mes y año, el mencionado representante conforme el art. 956 del CC, ofreció el pago de la deuda de $us100 000.- (fs. 84); oferta que fue rechazada mediante Auto de 20 de febrero de 2013 (fs. 86), por lo que se apeló dicho fallo (fs. 87 a 90 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR