Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2016-S1
Fecha: 11-Mar-2016
Fragmento 16
El 16 de octubre de 2015, el mencionado Fiscal de Materia, emitió orden de aprehensión contra el accionante para que preste su declaración informativa policial; sin embargo, este último, en la misma fecha se presentó ante la FELCC del Módulo Plan Tres Mil de la ciudad de Santa Cruz y prestó su declaración; ante ello, la nombrada autoridad mediante decreto de 20 del mismo mes y año, dispuso que el accionante siga gozando de su libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción,
- III.4.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR