Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2016-S1
Fecha: 16-Mar-2016
III.4.
Del análisis de los antecedentes, se establece que los accionantes mediante nota de 3 de agosto de 2015, dirigida al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, solicitaron un “informe y/o certificación” sobre cinco puntos referidos a la delimitación del radio urbano y la Ley 1381; en este mismo sentido cursaron la reiteración de su petición el 11 del mismo mes y el 30 de septiembre del indicado año.