SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

II.3.

II.3.  Mario Flores Pizarroso -hoy accionante- interpuso recurso de compulsa contra el Auto de 2 de mayo de 2014, alegando que si bien no es parte del proceso, los efectos de la Sentencia no le deben perjudicar; sin embargo, por Auto Complementario de 5 de agosto de 2013, se ordenó la cancelación de la partida 010339663, folio  0203651, no se tomó en cuenta que el titular del derecho propietario de dicha partida es su persona, por lo que en resguardo de sus derechos, dedujo recurso de apelación, al habérsele rechazado, se encuentra habilitado para deducir el recurso de compulsa; toda vez que, la autoridad compulsada dispuso la cancelación de su derecho sin ser parte del proceso, por ello se solicitó, declare legal el recurso de compulsa ordenando la concesión del recurso de apelación rechazado (fs. 10 y vta.).