SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

III.4.  Análisis del caso concreto

El accionante mediante su representante sin mandato, estima como lesionados sus derechos a la libertad, a la celeridad, y a la “seguridad jurídica”; debido a que, la autoridad demandada no fijó audiencia para la consideración a la cesación de la detención preventiva, por cuanto se remitió a analizar la existencia de la apelación incidental de la Resolución 545/2015 de 24 de noviembre, debiendo ser la misma resuelta previamente; a pesar de ello considera que se debió señalar audiencia dejando sin efecto el recurso de apelación incidental interpuesta, en merito a que se obtuvo la prueba concerniente a desvirtuar el riesgo procesal por el cual se sustentó la aplicación de esta medida cautelar; y, ante tal negativa se estaría vulnerando los derechos manifestados precedentemente.

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se advierte que evidentemente mediante resolución 545/2015 –glosada                  en conclusiones II.1 del presente fallo– se resolvió una anterior                  solicitud de cesación a la detención preventiva, la cual fue rechaza, dado que, no desvirtuó un riesgo procesal; ahora bien, en la misma                  audiencia el abogado del accionante apelo dicha determinación,                     y a requerimiento expreso se remitió a la instancia superior;                  asimismo, pudo verificarse en Conclusiones II.2 y II.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que la parte accionante peticionó señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva; disponiendo el Juez demandado que anteladamente debe resolverse la apelación incidental formulada.