SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

denegó

La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 006/2015 de 17 de noviembre, cursante de fs. 69 a 72, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Si bien se declaró la improcedencia de la acción de libertad -se refiere a la primera presentada por el ahora accionante-, estableciendo que existían otros medios para hacer prevalecer los supuestos derechos hoy reclamados, y que se habría presentado un incidente de nulidad que fue declarado infundado, no es menos cierto que se planteó recurso de apelación restringida donde se realizan todos los reclamos e impugnaciones también denunciados en esta acción de defensa; b) De ello, se tiene que este Tribunal de garantías, no puede ingresar a resolver en el fondo la problemática planteada, puesto que se encuentra pendiente una Resolución -se entiende de apelación restringida- que va a determinar -resolver- todas las impugnaciones realizadas;   c) Conforme a la SCP 0360/2012 de 22 de junio, la acción intentada no se ajusta a los presupuestos determinados por la jurisprudencia constitucional para aplicar el carácter de excepcional subsidiariedad de la acción de libertad; y, d) Sin embargo, “…a efectos de no causar una posible indefensión, en resguardo al principio de equidad, principio de expansión y progresividad constitucional, y ante una eventual apelación de la resolución que motivó la presente acción, en tanto no se declare la ejecutoria de la misma debe dejarse en suspenso la ejecución del mandamiento de condena, siendo esta un mandamiento de detención preventiva, correspondiendo en su caso al juez de instancia o al competente, disponer las medidas precautorias que correspondan” (sic)            (las negrillas nos pertenecen).