SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2016-S1

Fecha: 31-Mar-2016

II.11.

II.11.  Por informe UNAJ/CM 0243/2015 de 2 de septiembre, Iver Fernando Romero Fontana, Asesor Legal puso a conocimiento del Director Nacional de Recurso Humanos, ambos del Consejo de la Magistratura, la situación laboral de Ediht Ivone Mamani Huarachi, en el que refiere que los servidores de apoyo judicial cumplen funciones por un tiempo determinado conforme lo previsto en la Ley del Órgano Judicial; por lo que tanto el empleador como el trabajador conocen la fecha cierta y concreta de conclusión de la relación laboral; y, la inamovilidad está garantizada únicamente dentro del tiempo de funciones establecida en la referida Ley. En cuanto a que la accionante señala que fue sometida a evaluación para permanecer en el cargo, habiendo obtenido un resultado esta vez negativo; y si bien gozaba de inamovilidad laboral, entendida como la garantía del trabajador o trabajadora contra un despido arbitrario e injustificado por parte del empleador; sin embargo, tenía pleno conocimiento del tiempo de duración de su contrato desde el momento que estaría sujeta a una evaluación anual para permanecer en el cargo (fs. 48 a 49).