SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2016-S1

Fecha: 31-Mar-2016

II.6.

II.6.  La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo de Justicia, dictó el Auto Supremo 195/2015 de 9 de julio, casando el Auto de Vista 138/2014 y Autos Complementarios 249/2014 de 26 de septiembre y 315/2014 de 11 de noviembre, manteniendo firme y subsistente la Sentencia 38/2014 de 14 de febrero, en cuanto a la reincorporación de los actores a su fuente de trabajo al mismo cargo y salarios devengados y demás derechos que por ley les pudiera corresponder, desde el momento de su despido hasta la fecha en que se produzca su efectiva reincorporación, con la condición de que el pago de sueldos devengados, se efectúe previo juramento de ley prestado por los actores ante el juzgado de primera instancia de no haber recibido remuneración alguna por otro trabajo prestado en entidad pública desde el tiempo de su destitución, bajo la responsabilidad para el caso de demostrarse lo contrario (fs. 28 a 34 vta.).