SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
FIS 1501490
De la revisión de antecedentes, se tiene que la accionante otorgó en calidad de préstamo la suma de Bs10 000.-, a favor de Tomas Urquizu Quispe -hoy codemandado- a cambio del usufructo de un cuarto a su favor (Conclusión II.1.); constando que el 23 de abril de 2015, suscribieron un acta de audiencia conciliatoria de garantías recíprocas por lesiones leves, graves y amenazas, dentro del caso “FIS 1501490”, entre la ahora accionante como víctima y Silvia Urquizu Quispe, Marina Nuñez Cáceres -hoy codemandadas-, quienes se comprometieron a cancelarle todo lo adeudado hasta el 31 de agosto de 2015, sin que se hubiera dado cumplimiento al mismo (Conclusión II.4.); el 26 de octubre de igual año, se emitió imputación formal contra Silvia Urquizu Quispe, Simona Quispe Aymuro y Marina Núñez Cáceres -hoy codemandadas- por la presunta comisión de los delitos de lesiones leves, graves y amenazas (Conclusión II.5.), asumiendo control jurisdiccional el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca (Conclusión II.6.); de forma posterior la accionante efectuó una nueva denuncia por ser agredida dos veces el 14 de noviembre del citado año, en la cual el Fiscal de Materia informó el inicio de investigaciones el 16 del mismo mes y año, ante el Juez de Instrucción en lo Penal de turno de ese departamento, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento, lesiones y amenazas en el caso “FIS 1505224” (Conclusión II.7.); asimismo, presentó dos querellas el 10 de diciembre de 2015 por los delitos de homicidio y por allanamiento de domicilio, lesiones leves, graves y amenazas, respectivamente, contra los ahora codemandados (Conclusiones II.10. y II.11.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas demandadas
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- FIS 1501490
- Fragmento 18
- En relación a las personas codemandadas
- Respecto a
- CONFIRMAR