AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2016-RCA

Fecha: 04-Abr-2016

el respectivo reclamado verbal (dos veces) el cuál es valido en derecho tal como propugna el principio de Informalismo característica del derecho administrativo

Alegó que, no procede la aplicación de la subsidiariedad; toda vez que, fue despedida de manera intempestiva, “…habiendo interpuesto en su momento el respectivo reclamado verbal (dos veces) el cuál es valido en derecho tal como propugna el principio de Informalismo característica del derecho administrativo…” (sic); de acuerdo al art. 6.9 del DS 28909 de 6 de noviembre de 2006, que establece que es un derecho del trabajador o trabajadora en salud denunciar en forma verbal o escrita ante la autoridad jerárquica la determinación que juzga violatoria de sus derechos.