Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2016-RCA
Fecha: 11-Abr-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2016 de 16 de marzo, cursante de fs. 122 vta., a 125, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Alberto Miranda Martínez contra Edith Rosario Peñaranda Ávila, Presidenta; Jorge Oscar Balderrama Berrios, Jorge Andrés Pérez Maita; María Cristina Montesinos Rodríguez, Vocales de las Salas Penal Primera y Segunda, respectivamente; y, Jimmy Castro Gonzales, Secretario de la Sala Penal Segunda, todos del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la oportunidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- improcedente “in limine”
- CONFIRMAR