El suscrito Magistrado expresa el presente Voto Disidente a la DCP 0026/2016 de 11 de abril, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación al artículo 1 (Sujeción a la Constitución Política del Est
Fecha: 11-Abr-2016
II.1. El nuevo modelo de Estado plurinacional con autonomías
La plurinacionalidad establecida como base del nuevo modelo de Estado, de acuerdo al art. 1 de la Constitución Política del Estado (CPE) implica por una parte el pluralismo político, económico, jurídico, cultural; es decir, el reconocimiento de todas las formas de vida de todas y todos sus habitantes, que comprende todos aquellos sistemas de organización social, económico, político, jurídico y cultural que se practica en nuestra sociedad diversa, es así que el art. 3 de la Norma Suprema referida dispone que: “La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano”.
- I. ANTECEDENTES
- a)
- II.1. El nuevo modelo de Estado plurinacional con autonomías
- 1)
- II.2. Sujeción de la carta orgánica municipal a la Constitución Política del Estado
- II.3.
- II.4.
- III.1. Con relación al art. 1 sobre la sujeción a la Constitución Política del Estado
- III.2. Art. 35.12 referente a las atribuciones del Concejo Municipal, en relación a la aprobación del plan de ordenamiento territorial
- III.3. Art. 35.25 referente a las atribuciones del Concejo Municipal; art. 46.21 sobre las atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Pelechuco; y, 50 relacionado a las previsiones para desconcentrarse administrativamente
- 2.