El suscrito Magistrado expresa el presente Voto Disidente a la DCP 0026/2016 de 11 de abril, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación al artículo 1 (Sujeción a la Constitución Política del Est
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa el presente Voto Disidente a la DCP 0026/2016 de 11 de abril, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación al artículo 1 (Sujeción a la Constitución Política del Est

Fecha: 11-Abr-2016

III.3. Art. 35.25 referente a las atribuciones del Concejo Municipal;                art. 46.21 sobre las atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Pelechuco; y, 50 relacionado a las previsiones para desconcentrarse administrativamente

El art. 35.25 del proyecto de COM instituye que “A propuesta del Órgano Ejecutivo Municipal, aprobar la Ley Municipal que establecerá los requisitos  y procedimientos generales para la creación de Distritos Municipales teniendo como criterios mínimos la dimensión poblacional y territorial, provisión de servicios públicos e infraestructura.