El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la Declaración Constitucional Plurinacional 0025/2016 de 5 de abril, que entre otros aspectos, resuelve declarar la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la Declaración Constitucional Plurinacional 0025/2016 de 5 de abril, que entre otros aspectos, resuelve declarar la

Fecha: 05-Abr-2016

III.5.  De

De la revisión de antecedentes de la presente consulta y el informe de la Unidad de Descolonización de este Tribunal, puede advertirse a grandes rasgos los siguientes aspectos de relevancia en la controversia generada por el uso común de tierra colectiva. Los comunarios de existencia precolonial del ex fundo Corapata, que obtuvieron la titulación de propiedad agraria tanto individual y colectiva por dotación mediante Resolución Suprema 102598 de 14 de junio de 1961, procedieron a organizarse institucionalmente para constituir la Sub Central Corapata, compuesto de cinco comunidades: las Comunidades Chiarhuyo Corapata, Marquirivi Corapata, Huancane Corapata, Centro Corapata y Portada Corapata, en cuyo interior a lo lago de los años se gestaron disputas entre comunidades sobre el uso común de la propiedad colectivas de las tierras dotadas, entre ellos el del sector Viluyo entre la Comunidad Portada Corapata y las demás comunidades que componen la Sub Central Corapata, en ese contexto los primeros –La Portada– propiciaron la constitución del Concejo Amawtico de la comunidad Originaria Portada Corapata, resistida por los demás comunarios.