Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0032/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0032/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

Fecha: 11-Abr-2016

ARTICULO 7. IDENTIDAD.-

ARTICULO 7. IDENTIDAD.- Ixiamas, considerando la pluralidad cultural asume y respeta la diversidad cultural existente en nuestro territorio de manera inembargable, inalienable e imprescriptible. En este marco de respeto, esta Carta Orgánica asume y reconoce que somos parte de la Nación Tacana y Araona, que refuerza su identidad cultural mediante los saberes ancestrales, siendo multiétnico y pluricultural”.