SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante, a través de su representante, manifiesta que dentro del proceso penal que se le sigue por la supuesta comisión del delito de robo agravado se determinó su detención preventiva en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes; sin embargo, por una acción de libertad la Jueza Cautelar fijó medidas sustitutivas al encontrarse en estado de gestación, disponiendo dos fianzas: “(la hipoteca de su inmueble y fianza económica de Bs.- 50 000)” (sic); ante esta situación “el 2014” solicitó la modificación a las medidas sustitutivas puesto que las impuestas eran imposible cumplimiento para ella; el 10 de diciembre del 2015 el querellante pidió la revocatoria a las medidas sustitutivas; señalándose audiencia para el 5 de enero de 2016 a horas 8:30; ante esta situación no pudo asistir a la audiencia por una emergencia que tuvo con su hijo menor, pero su abogado como defensa técnica habría justificado su inasistencia, tomando en cuenta que tiene a su cargo cuatro niños menores de edad; motivos que no fueron considerados por los Jueces técnicos demandados que llevaron a cabo la audiencia de revocatoria, emitiendo mandamiento de aprehensión, sin que se le conceda un plazo prudencial para que pueda justificar; pero sin embargo, los demandados no consideraron el memorial previamente presentado de modificación de medidas sustitutivas de “2014” solicitado por la accionante; aspectos hacen a la interposición de la presente acción de libertad; considera que se está vulnerado su derecho a la libertad, celeridad de justicia y certidumbre jurídica, y se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión y se resuelva la modificación de medidas sustitutivas conforme a derecho sin dilaciones.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- III.1. El debido proceso y la acción de libertad
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.2.Derecho de petición
- el derecho a la petición puede ser ejercido de manera oral o escrita, sin la exigencia de formalidades en la presentación de la petición,
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona de formular quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares
- III.3. Análisis del caso concreto
- pronuncien sobre la modificación de medidas sustitutivas
- Fragmento 13
- CONFIRMAR en todo