SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
denegó
La Jueza Octava de Sentencia Penal y Liquidadora del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 207/2015 de 23 de diciembre, cursante de fs. 21 a 22, denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: a) Con relación a que se le habría detenido ilegalmente, el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo) señala que el objeto de la acción de libertad es garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y de circulación de toda persona que crea estar indebidamente o ilegalmente perseguida, detenida, procesada; en el caso concreto, la accionante cuenta con una imputación fiscal por los supuestos delitos de estafa y estelionato, lo cual se puede advertir de la Resolución de imputación de 17 de septiembre de 2015, emitida por Lilian Calderón Mariaca, Fiscal de Materia; y, b) No se puede considerar como detención ilegal, toda vez que la accionante se encuentra con una imputación formal de conocimiento del juez de instrucción en lo penal por los supuestos delitos de estafa y estelionato, en ese sentido, habiendo sido detenida en aplicación del art. 226 del CPP, respaldada con el informe de la Fiscal de Materia, no puede ser estimada como vulneración de los derechos y garantías constitucionales, habiendo sido puesta a disposición del Juez Décimo Segundo de Instrucción en lo Penal conforme el informe prestado por la demandada, por lo cual no es viable su tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la actuación de los Fiscales co demandados
- 1) la presencia del imputado sea necesaria para la investigación
- …tiene como finalidades: garantizar la presencia del imputado en el proceso y poner a la persona aprehendida a disposición del Juez a afectos de que en ejercicio de su competencia le aplique algunas de las medidas cautelares previstas en el Código de Procedimiento Penal o en su caso decrete su libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Beatriz Gorginea Calderón Aguirre
- CONFIRMAR en todo