Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
II.2.
II.2. Mediante Resolución fundamentada de aprehensión de 3 de noviembre de 2015, emitida por la Fiscal de Materia ahora demandada, se dispuso la aprehensión de la ahora accionante toda vez que dicha medida es proporcional al peligro existente a efecto de garantizar la presencia de la sindicada, mandamiento que se justifica en el art. 226 del CPP, el cual faculta a los fiscales expedir mandamientos de aprehensión (fs. 4 a 5 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la actuación de los Fiscales co demandados
- 1) la presencia del imputado sea necesaria para la investigación
- …tiene como finalidades: garantizar la presencia del imputado en el proceso y poner a la persona aprehendida a disposición del Juez a afectos de que en ejercicio de su competencia le aplique algunas de las medidas cautelares previstas en el Código de Procedimiento Penal o en su caso decrete su libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Beatriz Gorginea Calderón Aguirre
- CONFIRMAR en todo