SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2016-S2

Fecha: 18-Abr-2016

denegó

La Jueza Octava de Partido de Sentencia del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 209/2015 de 23 de diciembre, cursante de fs. 67 a 68, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes argumentos: 1) Según el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el objetivo de la acción de libertad es garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y de circulación de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida o procesada; en el presente caso, el accionante cuenta con una imputación formal por la supuesta comisión del delito de feminicidio, lo cual se puede advertir en la Resolución de 18 de septiembre de 2015, emitida por la fiscal Roxana Karina Cuba Chirinos; y, 2) De la revisión de los antecedentes, si bien se advierte la denuncia respecto a la falta de fundamentación, se supone que no puede considerarse su detención como indebida, toda vez que, el accionante se encuentra con imputación formal, de conocimiento de la Jueza Cautelar por la supuesta comisión del delito de feminicidio; en ese sentido, el accionante fue detenido en aplicación del art. 226 del CPP, situación que no puede ser considerada como vulneratoria de derechos y garantías constitucionales, habiendo sido puesto a disposición del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal conforme al informe prestado por la representante del Ministerio Público, por lo que no es viable la solicitud realizada.