Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2016-S2
Fecha: 25-Abr-2016
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Sigfrido Soleto Gualoa, Zenón Rodríguez Zeballos, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Jorge Marco Agüero García, Saúl Vargas Mérida, José Mancilla Anajia, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal de Buena Vista, María Luisa Saavedra Rioja, Jueza de Instrucción de Yapacani del citado departamento, Renzo Estevez Saldaña y Ronny Ernesto Mendizabal Pantoja, Fiscales de Materia, no concurrieron a la audiencia pública para la consideración y resolución de la acción de libertad interpuesta ni presentaron su informe de rigor, no obstante su legal citación cursante de fs. 77, 147, 148, 156, 157, 252 a 253.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1.
- Primer supuesto:
- III.2. Celeridad en el trámite procesal de apelación incidental de una medida cautelar
- Fragmento 14
- 1° REVOCAR en parte