Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2016-S2
Fecha: 25-Abr-2016
II.2.
II.2. El accionante reiteró su solicitud de cesación de su detención preventiva, que fue resuelta en la audiencia pública señalada al efecto el 20 de agosto de 2015, a cuya conclusión el Tribunal de Sentencia Penal de Buena Vista, la rechazó argumentando la subsistencia del peligro de obstaculización prevista por el art. 234.8 del CPP (no cursa dicha resolución en obrados, pero así lo afirma el accionante) (fs. 13 a 16 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1.
- Primer supuesto:
- III.2. Celeridad en el trámite procesal de apelación incidental de una medida cautelar
- Fragmento 14
- 1° REVOCAR en parte