Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2016-S2
Fecha: 25-Abr-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución de 15 de enero de 2016, cursante de fs. 69 a 77 vta. pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Israel Figueroa Arteaga contra Caly Erika Barrancos Rojas, Fiscal de Materia y Elías Ayala Guerra, Funcionario Policial de la Fuerza Especial de lucha contra la Violencia (FELCV).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de libertad
- “2.Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo,