SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

II.2.

II.2. El 27 de octubre de 2015, Severo Silvestre Esquivel, Secretario Ejecutivo del Sindicato de trabajadores del SEDCAM Pando, mediante nota dirigida al Director Técnico de la misma institución, solicitó se considere y se deje sin efecto el Memorándum de preaviso de los trabajadores Yobana Abed Manuyama, Secretaria, Humberto Cabral Cuellar, Operador y José Fernando Rojas olivera, Chofer; argumentado que el preaviso resulta contrario al elemento sustancial del derecho a la estabilidad laboral. Solicitud que fue reiterada el 6 de noviembre del mismo año, ésta última petición, es efectuada por el Directorio del Sindicato ya referido (fs. 10 y de fs. 12 a 13).