SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

concedió

La Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública y Mixta del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 35/2015 del 11 de diciembre, cursante de fs. 83 a 86, concedió parcialmente la tutela solicitada por Roberto Seoane Hurtado, dejando sin efecto el Auto Supremo 188, de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) Cuando no existe la motivación y solamente se emite la conclusión a la que se arribó, son razonables las dudas en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, abriéndose los mecanismos constitucionales para su restablecimiento;                  2) Respecto al cuestionamiento de la negativa de su derecho a la compensación del débito con el crédito fiscal del accionante, los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, no dieron una respuesta concisa y puntual, limitándose a señalar que no tiene competencia porque el recurrente no apeló la Sentencia en ese punto, sin tomar en cuenta que dicha Resolución le favoreció y el Auto de Vista revocó la misma en virtud a la apelación de la entidad demandada; 3) Si no se apeló la Sentencia que luego es confirmada en segunda instancia, no puede hacer uso del recurso de casación; sin embargo, si se produce la revocatoria o la confirmación parcial, puede el afectado con esta última resolución plantear válidamente el recurso de casación, aspecto que fue aplicado de manera errada en el Auto Supremo; y, 4) Respecto al cómputo del plazo para la fiscalización, sin aportar ninguna fundamentación, ni pronunciarse sobre el precedente jurisprudencial, se limitó a señalar que el tribunal de apelación resolvió el reclamo con la debida pertinencia y congruencia; vulnerando de este modo el debido proceso.