SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2016-S1

Fecha: 13-Abr-2016

1)

La parte accionante, a través de su abogado ratificó los términos de la demanda y ampliándola refirió que: 1) Las solicitudes de empadronamiento y visado fueron dirigidas al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sabaca y la respuesta fue generada por los funcionarios subalternos, por lo que existe legitimidad pasiva; 2) Producto de las solicitudes de empadronamiento y visado, se emitió la Comunicación Interna U.T.L. 07/2015 que fue notificada el 9 de septiembre de 2015, por lo que, se cumple el principio de inmediatez;            3) Respecto al no agotamiento de los recursos de revocatoria y jerárquico, debe considerarse que solo proceden en un proceso administrativo, y no ante una mera petición; 4) Se restringió el derecho a acceder a la propiedad privada al no viabilizar el empadronamiento y visado, mismos, que se autorizaron para otros propietarios dando lugar a la superposición de inmuebles, vulnerando así el derecho a la igualdad; y, 5) Sobre el lote “B”, y otros inmuebles se procedió a la apertura de avenidas, sin previa expropiación y pago del justo precio, señalando que existe la “Ley Municipal 027” (sic)  de Áreas Protegidas, sin embargo, en ese mismo sitio se permitieron construcciones.