Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
1)
1) Que no entiende cual fue el motivo del cambio de lugar y de las numeraciones de las fojas de la literal que como prueba acompañó en su oportunidad, juntamente con la contestación a la demanda, y que figuraba inicialmente de “fs. 37” a “169” y luego pasó de fs. “123” a “166”. Dicha prueba no fue considerada por la Juez de la causa;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- 5)
- 7)
- i)
- ii)
- CONFIRMAR