SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2016-S1

Fecha: 13-Abr-2016

II.1.

II.1.  Gisella Flores Tapia, Secretaria-abogada del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, mediante informe señaló que el 29 de diciembre de 2015 a horas 16:10, se apersonó la abogada del accionante solicitando fotocopias legalizadas de determinadas piezas, habiéndose procedido a la notificación el mismo día, se procedió a sacar fotocopias simples de lo solicitado señalando la abogada que volvería a recoger las mencionadas fotocopias empero no lo hizo (fs. 12).

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la petición, a la vida, a la salud y “al principio de celeridad‟; toda vez que, habiendo solicitado fotocopias de la audiencia de 20 de diciembre de 2015 y la respuesta de parte del IDIF, las mismas no fueron entregadas, colocándolo en total estado de indefensión.