SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2016-s1

Fecha: 21-Abr-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de octubre del referido año, se realizó la audiencia de cesación a la detención preventiva, en la cual Dennys Titiboco Orihuela, fue beneficiado con medidas sustitutivas conforme lo establece el art. 240 del Código de Procedimiento          Penal (CPP), tenido los requisitos cumplidos por la autoridad demandada, el 20 de noviembre del mencionado año, presentó dichas exigencias y solicitó el juramento de ley de los tres garantes. 

Por otro lado, el Juez demandado, en una entrevista con su padre manifestó que “no ordenaría su LIBERTAD” (sic); pues, la parte denunciante hubiera apelado la medida de cesación de la detención preventiva; empero, habiendo transcurrido más de treinta días, los apelantes no presentaron las fotocopias para remitir el cuadernillo de apelación.