Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
II.3.
II.3. Mediante nota de 31 de julio de 2015, el Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Oruro, citó a Juan Chino Salinas, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Caracollo -ahora demandado- a una audiencia de conciliación para el mismo día, ante la denuncia de su ex trabajadora Marta Ortega Ventura -hoy accionante-, y tras haberse llevado a cabo la citada audiencia, en la misma no se arribó a ningún acuerdo (fs. 14 y 475 a 476).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR