SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2016-S3
Fecha: 25-Abr-2016
II.2.
II.2. Mediante informe de 29 de diciembre de 2015, Oscar Censo Canaviri, funcionario policial asignado al caso, comunicó: a) Existe una ampliación de querella presentada por Ambrocia Ureña Pérez de Cáceres y Félix Cáceres Alegre -hoy accionante- contra el ahora codemandado por los delitos de asociación delictuosa, privación de libertad, amenazas, coacción y extorsión, dentro del proceso penal seguido por los mismos de falsedad material y otros; b) Trasladándose al lugar, constató que las dos puertas (ingreso y garaje) fueron soldadas, al exterior de las mismas había un promontorio de piedras y en el interior del inmueble se encontraba Félix Cáceres Alegre -ahora accionante-; y, c) Constató que en el lugar vive también una familia de cuatro personas cuyos nombres son: Eugenio, Carlota y Sonia Quispe López, y Raúl Borda, por lo cual solicitó al Fiscal de Materia la ampliación de la denuncia contra las personas anteriormente identificadas por los delitos de complicidad y encubrimiento (fs. 2 vta.) adjuntando muestrario fotográfico (fs. 3 a 9).
- acción de libertad
- sin que les asista derecho alguno
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- se halla situada en inferioridad de condiciones, o dicho de otro modo no se encuentra en igualdad de condiciones con la otra, tales los casos de los grupos de prioritaria atención
- REVOCAR