SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2016-S3

Fecha: 25-Abr-2016

denegó


El Juez Tercero de Instrucción, Mixto y cautelar de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2016 de 9 de enero, cursante de fs. 83 vta. a 88, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) En la tramitación de un proceso laboral tratándose de personas jurídicas la autoridad debe emitir mandamiento de apremio contra quien acredite la representación legal de la empresa; en ese entendido, el Estatuto Orgánico de STIABSA en los arts. 26 establece las funciones de la Directiva y en el 27 las atribuciones del Secretario General de donde se devela que los miembros del Directorio, sin importar la cartera que ocupen cuentan con la representación legal del referido Sindicato, con las atribuciones y responsabilidades que emerge de sus cargos, por lo que la emisión de los mandamientos de apremio contra los miembros de la Directiva no se constituye en un acto ilegal; y, b) La asamblea general de emergencia de 27 de mayo de 2014 que aprobó por unanimidad la renuncia del Secretario General y de la Directiva, se constituye en un acto fraudulento únicamente con el objetivo de evadir el cumplimiento de las disposiciones sociales, y eludir los mandamientos de apremio.

En vía de complementación, aclaración y enmienda la parte accionante solicitó explicación respecto a la interpretación sobre los arts. 26 y 27 del Estatuto Orgánico de STIABSA que implicaría una usurpación de funciones ya que se estaría atribuyendo a la Directiva funciones de representación que son propias del Secretario General, ante ello, el Juez de garantías resolvió no ha lugar en virtud a que no se realizó ninguna interpretación aislada del citado Estatuto Orgánico.