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    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2016-RCA

    Fecha: 06-May-2016

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas
    • I.3. Petitorio
    • improceden
    • 1)
    • y se tramitara de la misma forma que la Acción de Amparo Constitucional
    • En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional
    • ante la omisión en el cumplimiento de un deber claro, expreso y exigible, que puede estar directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales, corresponde invocar la acción de cumplimiento; en tanto que si el deber omitido no reúne las características anotadas, sino que se trata de un deber genérico, pero vinculado a la lesión de derechos o garantías fundamentales -como por ejemplo el deber de motivación de las resoluciones cuyo incumplimiento general lesiona al debido proceso- corresponde la formulación de la acción de amparo constitucional por omisión”
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • derecho de petición
    • CONFIRMAR

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