AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2016-RCA

Fecha: 19-May-2016

improcedente

La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 12/2016 de 6 de abril, cursante de fs. 1233 a 1234 vta., declaró improcedente la acción de amparo constitucional bajo los siguientes fundamentos: 1) Se acredita la tramitación del proceso coactivo social interpuesto por la FENJEB contra ENTEL S.A., radicada en la Sala Social Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; por lo que, existe una instancia más a la que puedan acudir los accionantes para hacer prevalecer sus derechos, ingresando en un supuesto de improcedencia porque las autoridades competentes no han tenido oportunidad de pronunciarse al respecto, consecuentemente no observaron el principio de subsidiariedad; 2) En el petitorio se tiene hechos controvertidos que necesariamente deben ser dilucidados en la vía ordinaria y no por la presente acción; y, 3) No cumple con el principio de inmediatez toda vez que reclama falta de pagos de aportes desde la gestión 1984.