SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
Fragmento 13
Finalmente, el Tribunal Constitucional Plurinacional, con relación a la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz a favor de un consultor en línea que fue despedido a pesar de gozar de fuero sindical, mediante la SCP 1032/2015-S1 de 30 de octubre, en su análisis del caso indicó que: “…no es posible otorgar la tutela solicitada, pese a existir una conminatoria de reincorporación emitida por el Jefe Departamental del Trabajo a.i. de Santa Cruz (Conclusión II.5), sin que ello implique ingresar a revisar la causa del despido, si fue o no justificada, ya que no es posible dejar de observar la condición del accionante como consultor en línea, aspecto que debió ser considerado a tiempo de la emisión de la cuales se planteó el pedido del accionante, ya que expidió una conminatoria de reincorporación sin advertir que de acuerdo a las facultades otorgadas a esta instancia administrativa laboral, sólo puede emitir conminatorias relativas a denuncias sobre reincorporación a fuente de trabajo, por despido injustificado o intempestivo, en los alcances del DS 28699, modificado parcialmente por el DS 0495; es decir, solamente en aquellas relaciones laborales amparadas por la Ley General del Trabajo” (las negrillas nos pertenecen).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios”
- los servicios de consultoría en línea, estarán sujetos por su naturaleza contractual, a las condiciones especificadas en los mismos y sujetas a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, señaladas en el DS 0181, que regula la contratación de bienes y servicios en forma interrelacionada con los sistemas establecidos en la Ley de Administración y Control Gubernamental
- los consultores en línea,
- Los consultores en línea, al no ser funcionarios públicos, no gozan de la misma protección que les asiste a dicho estamento laboral,
- III.2.
- la atribución de emitir conminatorias de reincorporación a fuentes de trabajo otorgadas al Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, a través de sus diferentes Jefaturas Departamentales de Trabajo, en aplicación del DS 0495
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- No están sometidos al presente Estatuto ni a la Ley General del Trabajo, aquellas personas que, con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente con una entidad pública
- REVOCAR