SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2016-S2

Fecha: 03-May-2016

concedió

La Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03 de 7 de enero de 2016, cursante de fs. 151 a 152, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de rechazo de 17 de junio de 2015, ordenando que la autoridad demandada admita el recurso de alzada interpuesto por la parte accionante; fallo que fue emitido bajo el siguiente fundamento: i) Como antecedente la parte accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso en su vertiente a la defensa al haberse rechazado su recurso de lazada, interpuesto dentro del plazo; sin embargo, la autoridad demandada mediante el Auto de 17 de junio de 29015 procedió a rechazar el recurso porque el recurrente tratándose de una empresa unipersonal no adjuntó la fotocopia de su cedula de identidad sin acogerse a lo establecido por el art. 198 inc. b) del CTB; y, ii) En el presente caso no puede exigirse a la parte accionante que adjunte una fotocopia de cedula de identidad porque resulta un exceso y arbitrariedad de la administración tributaria, puesto que vulnera el derecho a la defensa y la impugnación que se encuentra garantizado tanto en los procesos judiciales como administrativos.