Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.2.
II.2. El 13 de febrero de 2016, la Fiscal de materia presentó imputación formal en contra del accionante por la presunta comisión del delito de rapto con agravante, previsto y sancionado por el art. 313 del CP, solicitando como medida cautelar, la aplicación de la detención preventiva por considerar la concurrencia de los peligros de fuga y obstaculización contenidos en los arts. 234 num. 1 y 2; y, 235 num. 1 y 2 del CPP (fs. 17 a 22).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación y ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional.
- III. 3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR