SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

III.1.  Sobre el derecho al trabajo

Respecto del derecho al trabajo, la SCP 0208/2016-S2 de 7 de marzo, citando a la SCP 1034/2014 de 9 de junio, mencionó claramente que: “El art. 46.I de la CPE, señala: 'Toda persona tiene derecho: I. Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna'.

En esa virtud, el derecho al trabajo establecido dentro de los denominados derechos sociales configurados en la citada Norma Suprema, asegura para el trabajador y su familia una existencia digna, es decir, proporciona el sustento diario vinculado con las necesidades básicas de alimentación, salud y la propia existencia del ser humano, por consiguiente, con el derecho a la vida”.