SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

Durante el proceso, hasta antes de dictarse sentencia, los propietarios de bienes incautados podrán promover incidente ante el juez de la instrucción que ordenó la incautación,

De las normas procesales desglosadas supra, se advierte que el legislador en protección de los derechos de terceras personas que sean ajenos al proceso penal y sean propietarios de los bienes incautados, estableció que estas pueden acudir ante la autoridad judicial que se encuentra a cargo del proceso con el objeto de solicitar la devolución de los mismos.