SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

II.5.

II.5.  El 19 de febrero de 2015, la accionante interpuso recurso de reposición contra el decreto de 6 del mismo mes y año, solicitando se admita el incidente formulado y se devuelva el vehículo confiscado; en consecuencia por providencia de 20 del referido mes y año, la autoridad judicial demandada dispuso no ha lugar al reposición debiendo adecuar su actuar al art. 255 del CPP, que establece que durante el proceso y hasta antes de dictarse sentencia los propietarios de los bienes incautados podrán promover los incidentes ante el Juez de Instrucción en lo Penal que ordenó la incautación, por lo que el suscrito juez ya no puede tramitar el incidente presentado debido a que ya se dictó sentencia y ordenó la confiscación definitiva (fs. 40 a 41).