SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2016-S2
Fecha: 23-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de sus derechos a la libertad, “imparcialidad”, debido proceso en su vertiente de falta de motivación, legalidad, igualdad de las partes, seguridad jurídica, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades demandadas, puesto que dentro del proceso penal que se sigue en su contra, el 23 de noviembre de 2015, en aplicación de la salida alternativa de procedimiento abreviado, el Tribunal de Sentencia Primero de Yacuiba, emitió la Resolución 37/2015, que ordena el beneficio de la suspensión condicional de la pena y pese haber cumplido diligentemente con todos los requisitos establecidos en el art. 366 del CPP; no obstante los ahora demandados, se niegan a librar el respectivo mandamiento de libertad en tanto no cobre ejecutoria la respectiva Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.2.
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma, pues la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador
- La motivación de los fallos judiciales está vinculada al derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional eficaz,
- III.3. Del beneficio de la suspensión condicional de la pena
- III.4. Análisis en el caso concreto
- de ninguna manera puede estar condicionada a la ejecutoria de la resolución que lo concedió, ya que se desvirtuaría la razón y la naturaleza de dicho beneficio
- 2º Disponer