Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2016-S1
Fecha: 09-May-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En uso de la réplica, señaló que la norma prescribe la obligación de ceder el 41% del total del predio, pero cuando se excede la misma, debe realizarse una expropiación; en el presente caso la afectación alcanza al 62% del terreno, habiéndose agotado la instancia administrativa y la única vía para la restitución de los derechos restringidos es el amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4.
- III.5 Análisis del caso concreto
- Fragmento 15