SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
II.2.
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo y a la libre locomoción, debido a que la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal Cautelar del departamento de La Paz en suplencia legal de la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del mismo departamento, dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas y su detención preventiva a cumplirse en el penal de Miraflores, sin considerar que la Secretaria del Juzgado último citado de forma irresponsable no adjuntó todos los requisitos y documentos presentados oportunamente, que demostraban el cumplimiento de las medidas sustitutivas impuestas, a más de obviar que es madre de dos hijos, que su esposo está delicado de salud y que ha demostrado que tiene trabajo como comerciante.
- acción de libertad
- I.
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III.1. Jurisprudencia reiterada como medio idóneo de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y la apelación incidental
- III.2. Análisis del caso concreto
- RENUNCIA A APELACIÓN SOLICITADA
- CONFIRMAR